Residencia IES Pirámide

Fecha de la resolución: 19 de septiembre de 2024

CUARTO.- Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Estos recursos se podrán presentar en cualquier registro público físico o electrónico. En caso de que se presente telemáticamente, podrá hacerse a través del Servicio de soporte a la tramitación (https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion)


INCORPORACIÓN A LA RESIDENCIA DE LOS ADMITIDOS/AS DEFINITIVAMENTE

 LOS ADMITIDOS/AS NO DEBEN HACER NINGÚN TIPO DE MATRÍCULA. CUANDO SE INCORPOREN A LA RESIDENCIA DEBERÁN CUMPLIMENTAR Y ENTREGAR LOS DOCUMENTOS QUE FIGURAN EN LA PESTAÑA "AL INCORPORARSE A AL RESIDENCIA" (datos personales, compromiso residencial, domiciliación bancaria). TODOS ESTOS DOCUMENTOS SE PODRÁN CUMPLIMENTAR AQUÍ EN LA RESIDENCIA.

SOLO ES NECESARIO REALIZAR PREVIAMETE EL PAGO DE LA FIANZA (200€)

ACCEDE AL TRÁMITE PARA EL PAGO DE LA FIANZA