Requisitos para poder acceder a una plaza
Artículo 4 de la Convocatoria
a) Haber obtenido plaza en un centro docente público para cursar las enseñanzas indicadas en el apartado primero de la Orden y que dicho centro se encuentre en la zona de influencia de la residencia.
b) No disponer en la localidad de residencia del alumno de un centro docente sostenido con fondos públicos que imparta el nivel de estudios solicitados.
c) No disponer de plazas educativas suficientes en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la zona de influencia en el nivel de estudios solicitado, ni tampoco de ruta de transporte escolar organizado que permita el acceso diario.
d) Tener residencia familiar, en la fecha de solicitud, en una localidad de la Comunidad Autónoma de Aragón en la que se verifique la concurrencia de las circunstancias que determinan la posibilidad de ser beneficiario de obtener una plaza de internado
e) Reunir los requisitos de edad exigidos por el ordenamiento jurídico vigente, por nivel educativo y curso, con la excepción prevista de los alumnos que cursen estudios universitarios y los alumnos con informe justificativo emitido por el correspondiente Servicio Provincial.
f) No haber sido expulsado por conductas gravemente perjudiciales para la convivencia de la residencia a la que presenta solicitud.
Artículo 2 de la Convocatoria
a) Estar matriculado en Estudios Universitarios, Ciclos Formativos de Grado Superior o en las enseñanzas de régimen especial (ciclos formativos de Grado Superior de Artes Plásticas, las enseñanzas Superiores de Música, Diseño y Conservación y Restauración de Bienes Muebles y los ciclos de Grado Superior de Enseñanzas Deportivas).
b) Tener cumplidos dieciocho años en la fecha de cierre del plazo de solicitudes.
c) Haber promocionado curso en los mismos estudios realizados durante el curso anterior o estar matriculado en estudios superiores a los realizados durante el curso precedente. En el caso de alumnos universitarios, se estará a las normas de permanencia en los correspondientes estudios.
d) Estar matriculado en el curso 2024/25 en un Centro Oficial, y que la distancia entre este Centro y la Residencia en la que ha de residir y preste su colaboración, permita al Colaborador/a Social el normal cumplimiento de sus obligaciones